La Carta del Parlamento Argentino de Religiones se firmo el día 25 de Febrero de 2000, en la Sede Central Mundial de la Escuela Científica Basilio, entrando a regir a partir de dicha fecha.


CARTA DEL PARLAMENTO ARGENTINO DE RELIGIONES

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la libertad Religiosa y mas aún la libertad de pensamiento y de conciencia es un derecho fundamental para lo cual todo ser humano está habilitado, siendo ese derecho esencial , en la búsqueda humana del significado y la valorización de la vida .- Que dicho derecho ha sido considerado por las Naciones Unidas (ONU) en la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticospreviéndose la protección adicional para la Libertad Religiosa. Que el Comité de Derechos Humanosde las Naciones Unidas adaptó el comentario 22 que establece que “El art. 18” no está limitado en su aplicación a las Religiones Tradicionales” y que el Comité “observa con preocupación cualquier tendencia discriminatoria contra cualquier religión o creencia, por cualquier razón, incluyendo el hecho de que fueran recién establecidas, o que representan la minoría religiosa que puedan estar sujetas a hostilidades por parte de las comunidades religiosas predominantes”. Que en igual sentido la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en el Art. 3 declara que toda persona tiene derecho de profesar su creencia religiosa, de manifestarla y practicarla tanto en público o privadamente. Que la Convención Americana de los Derechos Humanos en su Art. 12 preserva también este derecho esencial y establece que “nadie será sujeto a restricciones que pueda forzar la libertad de mantener o mudar su religión o creencia”. Que  la Constitución de la Nación Argentina expresa en su Art. 14 que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho a profesar libremente su culto.- 

Que pese aque todas estas normas tienen un objetivo común determinante de libertad en materia religiosa se sigue violando en todo el mundo este derecho fundamentaldel hombre. 

Que una de las maneras mas comunes de violarestas normas es a través de actos u hechos de acción u omisión que tienden a “discriminar” en una sociedadenferma de discriminación.- 

Que la discriminación resulta mas evidente cuando es el propio Estado el que la formula sea a través de  acciones u omisiones tendientes a menospreciar la fe del otro en favor de una determinadafe numéricamente  predominante. 

Que a las puertas del nuevo milenio el respeto a pensar diferente debe ser la razón de ser de todas y cada una de las acciones emprendidas por el hombre,que debe entender que su respeto hacia los demás hace al propio respeto.  

Que tal como lo enuncia la Declaración Conjunta sobre Libertad Religiosa, motivo de inspiración de estos principios, elaboradaen la “Conferencia de Berlín para la libertad Religiosa en Europa para el Nuevo Milenio”, evento acontecido entre del 29 y el 31 de Mayo de l998 ha establecido entre otras cosas que : “El uso de los términos “culto” o “secta” por agencias gubernamentales adquirió una fuerte connotación peyorativa y por eso, términos como “religión”, “religión minoritaria”, “pequeña religión” o “nueva religión” deben ser usados preferencialmente antes que las otras.

Que organizaciones de derechos Humanos y otras Organizaciones no Gubernamentales deben trabajar juntas para promover la causa de la libertad religiosa.

Que en este orden de ideas, la UNIÓN de RELIGIOSOS ARGENTINOS en un PARLAMENTO  con sesión permanente en donde se traten y construyan día a día elementos necesarios para la toma de conciencia fundada en  el derecho y el respeto a la libertad del otro, expresando en temas puntuales una representación única  con expresiones que resulten de la voluntad unánime omayoritaria de sus miembros, resulta de una invalorable utilidad al bien común.-

Por todo ello las Confesiones Religiosas aquí presentes dan por inaugurado el PARLAMENTO ARGENTINO DE RELIGIONES el que someterá su funcionamiento a las normas que lo rigen.